Formulario 1376: Nueva Declaración Jurada Fiscal mensual Sector CEDE

Formulario 1376: Nueva Declaración Jurada Fiscal mensual Sector CEDE

A partir del mes cargo octubre 2021, se sustituye, por obligatoriedad, el uso de la Declaración Jurada mensual N ° 2176 para empresas pertenecientes al sector CEDE de la Dirección General Impositiva, incluida en la aplicación Sigma, por la Declaración Jurada N ° 1376 incluida en la aplicación PADI.

Formulario 1376: Nueva Declaración Jurada Fiscal mensual Sector CEDE

Principales diferencias entre una declaración y otra:

 

1. En caso de surgir un crédito, se realiza la solicitud de este automáticamente (certificados de tipo A), sin tener que confeccionar los formularios 2217 y 2218 de solicitud de créditos. Aplican algunas excepciones, en, por ejemplo, crédito por IVA exportación y asimilados e IVA en suspenso, o por reliquidaciones, entre otros. 

2. En el caso de solicitud de crédito por IVA, compras de exportación y asimilados o por IVA en suspenso, el formulario habilita a compensar o solicitar una parte o su totalidad, o pasarlo al próximo mes. Es decir, en el mismo formulario puede surgir un crédito y un monto a pagar a la vez.

3. No se incluyen las retenciones en carácter de responsables informadas en los formularios 1144, 1146, 1246, 1845, 2183 y 3107, dejando de ser anexos y pasan a ser declaraciones independientes.

4. Se hace una apertura de información en cuanto al uso de los créditos que surgen de la declaración, es decir, a qué impuestos lo imputa.

5. Forma de presentación: se realiza ingresando al usuario web de Servicios en Línea de DGI, en la sección “Declaraciones” mediante el “Receptor de Declaraciones PADI”.

 

En resumen, consideramos como desventajas principales, que el pago de las retenciones en la calidad de los responsables se deba hacer separadamente al pago de IVA y anticipos del mes (a través de la confección de un boleto de pago adicional con los códigos de impuestos correspondientes); así como la compensación de créditos dentro de la misma declaración jurada con dichas retenciones. Por otra parte, consideramos como principales ventajas la solicitud automática de certificados de crédito tipo A, así como la opción de solicitar el crédito por IVA compras de exportación y asimilados o por IVA en suspenso, en una parte o su totalidad para el caso de los compromisos con los proveedores en la entrega de certificados.
 


Montevideo 12 de noviembre de 2021

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