Instalación temporal de empresas extranjeras en Uruguay

Instalación temporal de empresas extranjeras en Uruguay

En la última década cada vez más empresas extranjeras vienen a Uruguay a realizar actividades.

Instalación temporal de empresas extranjeras en Uruguay

Cuando las mismas tienen una perspectiva de continuidad, normalmente optan por instalarse como sucursal o bien adquirir/constituir una filial, y contratan en todo o parte personal uruguayo. Pero cuando es por un período corto de tiempo, la actuación suele ser directa por parte de la empresa extranjera, utilizando usualmente a sus propios trabajadores extranjeros.
Ello supone, a veces, la masiva llegada de trabajadores extranjeros (y sus familias), para que ocupen cargos gerenciales o desempeñen tareas técnicas y específicas. Y la formulación de un sinfín de consultas por parte de las empresas y trabajadores que pretendemos despejar.

¿La empresa extranjera debe inscribirse ante los Organismos Fiscales?

Depende. Como regla general, la empresa extranjera que arriba a Uruguay con el objetivo de desarrollar una actividad por un período corto de tiempo (menor a 6 meses) deberá inscribirse ante los Organismos fiscales de nuestro país como una “empresa extranjera con actividad temporaria o accidental”. Dicha inscripción es un trámite simple que se puede realizar antes de que comiencen las actividades o al mismo momento del inicio. Sin embargo, siempre resulta conveniente realizarlo con la mayor antelación posible, en tanto la empresa deberá proporcionar determinada información y documentación. Es importante tener presente que siendo documentos que provendrán del extranjero, estos deberán ser enviados legalizados o apostillados (y si están en otro idioma, deberán ser traducidos al español en Uruguay), a los efectos de que adquieran validez en nuestro país, lo que insume determinado tiempo.

Ahora bien, en la práctica, muchas veces puede prescindirse de tal inscripción. Esto ocurre por ejemplo en el caso que la empresa extranjera que realiza la actividad temporaria en Uruguay facture sus servicios a una empresa uruguaya, en cuyo caso esta última será agente de retención y en su mérito el pago de los tributos se canalizará por esa vía. Asimismo, para prescindirse de esta inscripción resultaría también indispensable que los trabajadores extranjeros puedan formar parte de la planilla de trabajo de la empresa uruguaya (sea mediante traslado temporario o directamente en caso de mediar tal acuerdo entre los contratantes). En su defecto, se requerirá igualmente la inscripción como empresa con actividad temporaria o accidental para que la empresa extranjera tenga su propia planilla de trabajo.

¿Qué requisitos deben cumplir los trabajadores extranjeros?

Los trabajadores extranjeros tienen varias opciones sobre cómo ingresar a trabajar legalmente en el país, dependiendo del tiempo en que permanecerá en él. Para trabajos temporales (de hasta 180 días), los trabajadores siempre deberán tramitar la “hoja provisoria de identidad”.

¿Cómo se tramita la Hoja Provisoria de Identidad (HPI)?

Es un trámite que se realiza en dos etapas, ante dos organismos diferentes. La primera será previo al ingreso del trabajador en el país y se realiza en la Dirección Nacional de Migración, en tanto será este organismo quien lo autorizará para trabajar en el país. La segunda etapa requiere la presencia del trabajador en el país para tramitar y retirar la HPI ante la Dirección Nacional de Identificación Civil.

Para iniciar la primera etapa se necesitara presentar una carta membretada de la empresa que tendrá en planilla al trabajador, que deberá incluir: sus datos identificatorios, los datos personales del trabajador, el plazo que trabajará en el Uruguay y el cargo que desempeñará. Eventualmente, si se optara por el sistema de traslado temporario, habrá que aclararlo expresamente. Adicionalmente, se presentara un certificado notarial con el control completo de la empresa y copia legible del pasaporte y/o documento de identidad (de ser nacional de un país integrante del MERCOSUR) del trabajador y del representante de la empresa que firma la Carta Membretada.

¿Es necesario la tramitación de visa?

Dependiendo de la nacionalidad y/o del origen del Pasaporte del trabajador, en algunos casos es posible que previo a ingresar a Uruguay se necesite tramitar una visa. En tal hipótesis, la visa se solicita en el Consulado uruguayo donde se encuentre el trabajador. De no existir Consulado, en la Embajada uruguaya que exista en dicho país.

¿Deben realizarse aportes a la Seguridad Social en Uruguay?

Con determinados países Uruguay ha suscripto Convenios Internacionales que habilitan que los trabajadores extranjeros que desarrollarán tareas en Uruguay soliciten su traslado temporario, para evitar realizar aportes a la seguridad social en Uruguay.

En efecto, con el sistema de traslado temporario se evita la doble aportación a la seguridad social y se permite el reconocimiento del tiempo trabajado en Uruguay en el país de origen del trabajador extranjero. Sin embargo, únicamente se admite este régimen cuando así esté previsto en un convenio de Seguridad Social entre Uruguay y el país de residencia del trabajador.

Asimismo, este régimen de traslado temporario podrá utilizarse únicamente por un determinado plazo, establecido en los propios Convenios Internacionales. En cuanto al procedimiento de petición del traslado temporario, la empresa extranjera de la cual provenga el trabajador deberá solicitarlo ante el organismo de seguridad social del país de origen del trabajador, con una antelación mínima aconsejada de 45 días antes de su llegada a Uruguay. Luego, una vez autorizado el traslado temporario, la empresa registrada en Uruguay deberá incorporar temporariamente al trabajador extranjero a su Planilla de Trabajo, pagando exclusivamente una prima para que éste tenga cobertura en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Conclusiones

Como puede observarse, el ordenamiento jurídico uruguayo prevé soluciones adecuadas para la instalación transitoria de empresas extranjeras en el Uruguay. Resulta vital que las empresas extranjeras que procuren realizar este tipo de actividades temporales se asesoren con tiempo suficiente, para que el proceso de instalación sea lo más natural posible. Para ello, nuestra firma cuenta con experiencia facilitando a empresas extranjeras resultados agiles en dichos procesos.

 

Dra. Valeria Motta

 

Montevideo, 16 de mayo de 2018. 

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