Uruguay se une al Tratado de Cooperación en Patentes: Impacto y Oportunidades Internacionales
¿Qué es el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes?
El PCT es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Este tratado, formulado en 1970 y revisado en varias ocasiones, simplifica y unifica los requisitos, procedimientos y costos para el registro de invenciones en los Estados miembros.
El PCT tiene por finalidad unificar y simplificar los requisitos, procedimientos y costos de registro de invenciones en los diferentes Estados parte.
Con la adhesión de Uruguay, el PCT cuenta ahora con 158 Estados miembros.
Implicancias para Uruguay
La incorporación de Uruguay al PCT significa que los inventores nacionales que deseen proteger sus patentes en el extranjero, así como los extranjeros que busquen registrar sus patentes en Uruguay, se beneficiarán de un proceso más eficiente y menos costoso.
La adhesión a las disposiciones contenidas en el PCT no significa el reconocimiento y concesión automática de patentes de manera internacional, sino que la inscripción y autorización de patentes sigue y seguirá siendo una facultad exclusiva de cada Estado parte, a la luz de sus propios criterios de patentabilidad.
En otras palabras, no significará que las patentes que hayan sido registradas en otros Estados partes serán reconocidas automáticamente en Uruguay –o viceversa, que las patentes inscriptas en Uruguay lo serán automáticamente en los demás Estados partes.
De acuerdo a lo establecido en el propio PCT, entrará en vigencia para Uruguay transcurridos tres meses desde que Uruguay haya depositado su instrumento de adhesión, lo cual a la fecha aún no ha ocurrido.
Beneficios para los Inventores Nacionales
Los inventores uruguayos y/o inventores extranjeros que deseen solicitar el registro de sus patentes en Uruguay ahora tendrán un derecho de prioridad de 30 meses para registrar sus patentes en otros Estados miembros, con menores costos asociados.
Sin perjuicio de ello, en todos los casos deberá cumplirse con los requisitos de patentabilidad del Estado en el que se pretenda obtener el registro.
Esto representa una oportunidad significativa para que más innovaciones uruguayas sean reconocidas y protegidas a nivel mundial.
Reserva al Capítulo II del PCT
Uruguay ha decidido realizar una reserva al Capítulo II del PCT, evitando así la posibilidad de que los solicitantes de patentes requieran un examen preliminar internacional a las oficinas de patentes designadas.
Esta medida busca hacer un uso efectivo de los recursos y evitar pedidos de examen innecesarios a la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, en tanto todos los interesados tienen acceso libre a la base pública de datos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
Conclusión
La adhesión de Uruguay al PCT es una respuesta a la necesidad de los inventores nacionales y una nueva muestra del compromiso del país con la innovación y el desarrollo tecnológico. Esto no solo mejora nuestra imagen en los rankings internacionales, sino que también hace de Uruguay un destino más atractivo para la inversión en innovación.
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Montevideo, 10 de julio de 2024.