Certificaciones médicas laborales. Posible reducción de desvíos y certificaciones complacientes
Una de las modificaciones más significativas es que el sistema de certificaciones se integra a la Historia Clínica Electrónica, implicando un cruzamiento de información entre el prestador de salud y el BPS, con varios objetivos.
Las certificaciones médicas, con las cuales se acredita la situación de incapacidad temporal para la actividad laboral, son actualmente cuestionadas tanto por los empleadores como por los trabajadores, cuya tarea se ve sobrecargada.
El nuevo régimen, previsto en la Ley de Rendición de Cuentas, pretende mejorar esta problemática, cambiando el paradigma actual. El mismo empezará a regir para el sector privado en una primera etapa de implementación técnica y se estima que para el segundo semestre se encontrará completamente operativo.
El trabajador continuará haciendo la misma gestión que hasta ahora, consultando directamente a su prestador de salud. Lo novedoso es que ahora el sistema estará vinculado con la historia clínica. Los médicos contarán con información general (historial de certificaciones del trabajador, tiempos estimados de recuperación según cada dolencia, etc.) al momento de tomar la decisión. Además, la certificación no podrá ser antedatada o posdatada y será individual, debiendo estar validada por el médico que atendió al paciente y lo certificó (identificándose al profesional responsable).
El Proyecto de Integración del Sistema Nacional de Certificación Laboral – Historia Clínica Electrónica, ofrece a los prestadores de salud un mapa de funcionalidades en el cual se requiere el diagnóstico de la certificación médica con la correspondiente asignación de un código determinado y en función de ello se sugiere un tiempo estimado de recuperación. Asimismo, se ha previsto incluso que una certificación pueda ser dada de baja como resultado de un proceso de auditoria interna emitido por la autoridad técnica del prestador al detectarse que no cumple con las condiciones exigidas (ejemplo: certificaciones emitidas por no especialistas o si se concluye que fue emitido con desviación en el fin, por lucro, etc.).
Se espera que en este nuevo escenario puedan reducirse aquellas certificaciones “dudosas” que conllevan el pago de subsidios indebidos, generando una sobrecarga del sistema y grandes perjuicios para el sector empresarial.
Montevideo, 1 de febrero de 2023