Subordinación vs. Independencia: sentencia favorable contra BPS.
La empresa contribuyente interpuso oportunamente los recursos administrativos correspondientes y compareció ante el TCA solicitando la anulación del acto. Casi cuatro años después, el referido Tribunal dio la razón a nuestro cliente, poniendo fin al litigio contra BPS. Se ha resuelto que no existía entre los contratados y la accionante un vínculo de naturaleza laboral en carácter de dependencia.
La Dra. Mariana Casella (socia de la Firma), quien representó a la empresa accionante, destacó que se trata de un fallo de especial interés y con un sólido enfoque argumentativo con base en la prueba ofrecida en la demanda. La sentencia señala que, en los casos dudosos, en donde resulta complejo determinar si se está ante relaciones autónomas o de dependencia, cobra especial relevancia la prueba por indicios, y en este caso, la carga de probar la supuesta dependencia encubierta recaía sobre sobre el Ente demandado, que debió aportar prueba clara y concluyente que permita demostrar que las formas jurídicas adoptadas no coincidían con la realidad.
A juicio del Tribunal, el BPS no logró acreditar la efectiva existencia de las relaciones de dependencia, al basar su razonamiento en indicios que no revestían eficacia convictiva suficiente. El peso de los “contraindicios” (la prueba ofrecida por la empresa accionante) desbalanceó significativamente el razonamiento que edificó la Administración sin ninguna base sólida. Al no haberse acreditado fehacientemente las relaciones de dependencia encubiertas atribuidas a la accionante, el acto de determinación impugnado devino nulo.
Montevideo, 9 de junio de 2020.